A la hora de constituir una sociedad es muy importante seleccionar la forma social correcta, ya que, en función de sus características, es muy probable que la ley obligue a dotarla de una forma social específica, tal y como sucede con las Sociedades Profesionales.
A continuación, analizaremos los 6 puntos claves de las sociedades profesionales.
- Es obligatorio constituir una sociedad profesional cuando se vaya a llevar a cabo una actividad para cuyo desempeño se requiera una titulación universitaria oficial, o titulación profesional que requiera acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción en el correspondiente Colegio Profesional. Por ejemplo, las actividades de medicina, abogacía, arquitectura, odontología, etc.
- La sociedad profesional podrá adoptar la forma social que los socios acuerden, es decir, podrá ser una Sociedad Limitada Profesional, Sociedad Anónima Profesional, Sociedad Civil Profesional, etc.
- El control de la sociedad tiene que pertenecer a socios profesionales, es decir, más de la mitad de las participaciones y de los cargos en el órgano de administración tienen que recaer en socios profesionales, es decir, en personas físicas debidamente colegiadas para ejercer la actividad.
- Obligatoriedad de contratar seguro de responsabilidad civil.
- Obligación de inscribir la sociedad en el Colegio Profesional y en el Registro Mercantil que corresponda según su domicilio social.
- Consecuencias de no cumplir con la obligación de constituirse en Sociedad Profesional: si la sociedad no se constituye como S.P. o no cumple con las obligaciones establecidas en la Ley correspondiente, sería calificada como una Sociedad Irregular y ello implica que los socios responden de forma ilimitada frente a terceros, y que en caso de que dicho “error” sea imputable al administrador, también se le podría reclamar a este último de forma subsidiaria.
Por ello, es de gran importancia que ante la constitución de una sociedad se pongan siempre en contacto con un Bufete que les ayude a elegir el tipo social que mejor se adapte a las necesidades sociales, y sobre todo, para que les indiquen si hay alguna obligación de constituirse como Sociedad Profesional y los pasos a seguir.
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