6 Puntos claves de la Sociedad Profesional

A la hora de constituir una sociedad es muy importante seleccionar la forma social correcta, ya que, en función de sus características, es muy probable que la ley obligue a dotarla de una forma social específica, tal y como sucede con las Sociedades Profesionales.

A continuación, analizaremos los 6 puntos claves de las sociedades profesionales.

  1. Es obligatorio constituir una sociedad profesional cuando se vaya a llevar a cabo una actividad para cuyo desempeño se requiera una titulación universitaria oficial, o titulación profesional que requiera acreditar una titulación universitaria oficial, e inscripción en el correspondiente Colegio Profesional. Por ejemplo, las actividades de medicina, abogacía, arquitectura, odontología, etc.
  2. La sociedad profesional podrá adoptar la forma social que los socios acuerden, es decir, podrá ser una Sociedad Limitada Profesional, Sociedad Anónima Profesional, Sociedad Civil Profesional, etc.
  3. El control de la sociedad tiene que pertenecer a socios profesionales, es decir, más de la mitad de las participaciones y de los cargos en el órgano de administración tienen que recaer en socios profesionales, es decir, en personas físicas debidamente colegiadas para ejercer la actividad.
  4. Obligatoriedad de contratar seguro de responsabilidad civil.
  5. Obligación de inscribir la sociedad en el Colegio Profesional y en el Registro Mercantil que corresponda según su domicilio social.
  6. Consecuencias de no cumplir con la obligación de constituirse en Sociedad Profesional:  si la sociedad no se constituye como S.P. o no cumple con las obligaciones establecidas en la Ley correspondiente, sería calificada como una Sociedad Irregular y ello implica que los socios responden de forma ilimitada frente a terceros, y que en caso de que dicho “error” sea imputable al administrador, también se le podría reclamar a este último de forma subsidiaria.

Por ello, es de gran importancia que ante la constitución de una sociedad se pongan siempre en contacto con un Bufete que les ayude a elegir el tipo social que mejor se adapte a las necesidades sociales, y sobre todo, para que les indiquen si hay alguna obligación de constituirse como Sociedad Profesional y los pasos a seguir.

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