Crédito descubierto en Italia

En ausencia de forma escrita, el titular de la cuenta puede probar la existencia de un crédito descubierto a partir de los resultados de los estados de cuenta, de la Centrale Rischi (Central de Riesgos) y de la conducta de la entidad de crédito.

Según el artículo 1842 del Código Civil italiano, "la línea de crédito bancaria es un contrato por el que el banco se compromete a poner a disposición de la otra parte una cantidad de dinero durante un periodo de tiempo determinado o por tiempo indefinido".

En los litigios bancarios, la existencia o no de un contrato de línea de crédito tiene especial relevancia a efectos de la recuperación de los pagos invocados por el titular de la cuenta con referencia a los intereses, los gastos y, en general, a las comisiones ilegalmente cobradas por el banco.

En efecto, en el caso de una cuenta corriente respaldada por una garantía de hecho, el plazo de prescripción ordinario de diez años corre a partir del cierre de la relación de la cuenta corriente; por el contrario, el plazo de prescripción corre a partir de la realización de la operación de envío individual.

En ausencia de una línea de crédito regular, es decir, cuando el Banco no proporciona al titular de la cuenta el contrato correspondiente a pesar de la solicitud formal en virtud del artículo 119 del Texto de la Ley de Ordenación Bancaria italiana, el titular de la cuenta puede demostrar la existencia de una "línea de crédito de hechos", que puede deducirse de una serie de circunstancias como:

  • La indicación en los extractos de cuenta de las tarifas diferenciadas (intro y extragiro), el cobro de comisiones por sobregiro y disponibilidad de fondos, la aplicación de la comisión máxima por sobregiro
  • Indicación en la Central de Riesgos del Banco de Italia del importe de la línea de crédito utilizable;
  • La operación sistemática y tolerada con un "saldo deudor" del titular de la cuenta;
  • La falta de acción para recuperar la exposición de la deuda (ex multis Trib. Napoli nord, 10 de septiembre de 2021; Trib. Pistoia 30 de marzo de 2021, nº 298; Corte d'appello bari 3 de agosto de 2020; Tribunale Latina sez. ii 29 de agosto de 2018).

Por lo tanto, ante el comportamiento ilícito del banco, el titular de la cuenta puede emprender acciones legales para establecer la existencia de una línea de crédito incluso en ausencia de un contrato escrito y solicitar la devolución de los pagos injustificados en un plazo de diez años desde el cierre de la cuenta corriente.

       Abogado. Marco Del Vecchio                                       Abogado Luca Pierri

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