Quedan meses para adquirir la nacionalidad española - Ley de Memoria Democrática

El Gobierno español promulgó la Ley de Memoria Democrática en octubre de 2022 para subsanar el perjuicio causado por el régimen franquista cuando un gran número de ciudadanos españoles perdieron la nacionalidad por una amplia gama de objeciones que la dictadura aplicó.  Las medidas reparadoras pretenden situar a los descendientes de aquellos que fueron exiliados políticos, religiosos, por matrimonio con un extranjero y colocarlos en la posición en la que hubieran estado de no ser por las acciones de la dictadura.

Sin embargo, una Instrucción dictada por el Gobierno español en noviembre de 2022 reconoció una interpretación extensiva de la ley para que los hijos o nietos de un ciudadano español de origen puedan solicitar la nacionalidad española. El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, anunció en 2024 que la posibilidad de solicitar la nacionalidad española al amparo de esta ley se ampliará hasta octubre de 2025.

Andreu Marin Muñoz, asociado de la oficina de Barcelona, comentó que «la oportunidad de obtener la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Democrática está disminuyendo.  Sólo queda un año para solicitarla. Las solicitudes tardan varios meses en tramitarse». Andreu comentó además que:  "las personas que obtengan la nacionalidad a través de la nueva ley tendrán su nacionalidad categorizada como Original lo cual es crucial ya que la nacionalidad categorizada como Original, a diferencia de la Derivada, no se puede perder involuntariamente.  En determinadas situaciones, la nacionalidad puede cambiarse de Derivada a Original".

Las cuatro categorías que pueden recuperar la nacionalidad española:

  • Hijos o nietos de un ciudadano español de origen. Estos solicitantes deben haber nacido fuera de España.
  • Si tu padre, madre, abuela o abuelo renunciaron o perdieron la nacionalidad española por exilio y, por tanto, no naciste en España.
  • Si tu madre se casó con un extranjero y perdió la nacionalidad española antes de la entrada en vigor de la Constitución Española en 1978.
  • Si tu padre o tu madre adquirieron la nacionalidad española en base a las normas temporales de la Ley de Memoria Histórica de 2007 y de la Ley de Memoria Democrática de 2022, cuando ya eras mayor de edad y, por tanto, ya no estabas sujeto a la patria potestad y no podías adquirir la española a través de tus padres.   

 

¿Cuáles son los requisitos para cada categoría?

Hijos o nietos de español de origen

Deberás acreditar el vínculo con un ciudadano español de origen (padre/madre o abuelo/a). En este caso, presentarás la partida de nacimiento española de tu ascendiente, la tuya propia o la de tus padres, entre otras.

Exilio

Deberá acreditar documentalmente que su padre, madre, abuelo o abuela fueron exiliados de España. El pasaporte español o los registros de empadronamiento y cualquier otra documentación oficial. También puedes acreditar el exilio a través de un documento oficial como la certificación del derecho a percibir una indemnización por exilio, documentación de la Oficina de Refugiados de la ONU, o informes de entidades privadas y públicas reconocidas por las autoridades españolas.

Matrimonio de la madre con un extranjero

Deberá aportar documentación acreditativa de que su madre perdió la nacionalidad como consecuencia de su matrimonio. Si el matrimonio tuvo lugar entre 1954 y 1978, será necesario acreditar la adquisición de la nacionalidad de su marido y reseñar la ley de nacionalidad vigente en ese momento, relativa al país de origen de su marido.

Ley de Memoria Histórica

La tercera categoría es la adquisición de la nacionalidad por los padres a través de normas temporales de la Ley de Memoria Histórica de 2007

Cómo solicitar la nacionalidad española en virtud de esta ley

Todas las solicitudes deben presentarse en el Registro Civil español correspondiente al domicilio del solicitante (Consulados o Embajadas si reside en el extranjero).    Las solicitudes deben hacerse en persona y usted debe tener todos los documentos pertinentes para apoyar su derecho a solicitar en virtud de la Ley de Memoria Democrática española.  Los abogados expertos de Giambrone & Partners pueden ayudarle a acumular los documentos que necesite. Como algunas solicitudes dependerán de la conexión con los abuelos del solicitante, la documentación requerida puede ser problemática de obtener. Tras la presentación de su solicitud, es posible que se le pida que facilite más información.

 Los abogados de Giambrone & Partners le guiarán a lo largo del procedimiento. Nuestro equipo de abogados expertos en nacionalidad española está aquí para asesorarte en cada paso del proceso. Contáctanos ahora y no dejes pasar esta oportunidad.