Visa de residencia electiva: remedios contra la disposición denegatoria

El visado es la autorización concedida al extranjero para la entrada en el territorio del espacio Schengen y de la República Italiana, expedida por las representaciones italianas en el extranjero.

Hay varias categorías de visas, diferentes en tipo y duración. En particular, el visado de residencia electiva, regido por el Decreto Ministerial de 11/05/2011, permite la entrada en Italia, con fines de residencia, a los extranjeros que pretendan establecerse en nuestro país y puedan mantenerse de forma independiente, sin ejercicio de cualquier actividad laboral.

Los requisitos:

Para tal efecto, el extranjero deberá demostrar que posee los siguientes requisitos:

  • disponibilidad de una casa para ser elegida como residencia;
  • disponibilidad de grandes recursos económicos autónomos, estables y regulares, cuya continuidad en el futuro puede razonablemente suponerse. Básicamente, unos ingresos de aproximadamente 31.000€ anuales, que deben proceder de la titularidad de rentas vitalicias sustanciales (pensiones, rentas vitalicias…), de la posesión de bienes inmuebles, de la titularidad de actividades económico-comerciales estables o de otras fuentes que no sea empleo subordinado;
  • la estipulación de una póliza de seguro médico válida para todo el espacio Schengen, que tenga una cobertura mínima de 30.000 euros y una duración mínima de 30 días;
  • también se requiere la demostración de la voluntad del extranjero para establecer su residencia en Italia (T.A.R. Lazio, sent. n. 7797/2016).

La misma visa se puede emitir a cónyuges que cohabitan, hijos menores, hijos adultos que cohabitan y dependientes, y padres que cohabitan dependientes del titular de la visa, si las capacidades financieras son adecuadas.

El bufete de abogados Giambrone & Partners asiste a los extranjeros tanto en el procedimiento administrativo como en los requisitos necesarios para la obtención de un visado.

La asistencia legal de la firma puede ser decisiva para el éxito de la solicitud, dado que las Administraciones son muy rigurosas a la hora de valorar los requisitos para la expedición de un visado de residencia optativa.

El T.A.R. del Lazio (Sent. N. 6421/2018), sin embargo, recuerda que la Administración goza de amplia discrecionalidad en la decisión sobre la expedición de la visa, pudiendo incluso omitir el motivo de la denegación por razones de seguridad u orden público.

Sin embargo, aclaran los jueces, la Administración sigue sin tener derecho a decidir arbitrariamente, denegando un visado aunque no exista un motivo legítimo para hacerlo.

El bufete de abogados Giambrone & Partners también ofrece asistencia especializada en la eventual fase contenciosa que tenga por objeto la impugnación de eventuales medidas denegatorias.

De hecho, sucede a menudo que los Consulados hacen un mal ejercicio de la discrecionalidad administrativa, la llamada exceso de poder, rechazando las solicitudes de visa que cumplan con todos los requisitos.

En el caso de la residencia electiva, las medidas de denegación suelen estar motivadas por errores de apreciación que se relacionan precisamente con el perfil relativo a los "grandes recursos económicos" exigidos por la ley; amplia disponibilidad que, según la jurisprudencia, debe evaluarse sobre la base de la capacidad real y efectiva del solicitante para instalarse permanentemente en el territorio nacional sin necesidad de realizar actividades laborales (TAR Lazio, Sección IIIter, 22.07.2020, n.8614), y esto como una ponderación que tiene en cuenta todas las fuentes de ingresos de que dispone el solicitante.

Este principio fue reiterado recientemente por nuestro bufete de abogados que ha asistido con éxito a dos ciudadanos ingleses que, a pesar de reunir todos los requisitos exigidos por la ley (disfrute de varias unidades inmobiliarias en Italia, así como importantes ingresos), se encuentran con una negativa inicial a emitir una visa por el Consulado General de Italia en Londres.

La firma obtuvo así la anulación de la disposición denegatoria por parte del T.A.R. Lazio (Enviado No. 08744/2021).

Los ciudadanos extranjeros que hayan obtenido visa de residencia optativa deberán solicitar la expedición del permiso de residencia dentro de los ocho días hábiles siguientes a la fecha de ingreso al Estado (artículo 5 de la Ley Refundida de Extranjería).

El permiso de residencia puede renovarse en cada vencimiento mientras se mantengan los requisitos. Después de cinco años de residencia en Italia, es posible solicitar el permiso de residencia de la UE para residentes de larga duración (que reemplaza la antigua tarjeta de residencia de la UE para residentes de larga duración), cuya validez es a su vez de diez años.

Diez años después del inicio de la residencia en Italia, será posible presentar una solicitud para la adquisición de la ciudadanía italiana.

Emanuele Castiglia Abogado

Senior Associate