Regulación de startups: avances en la certificación de empresas emergentes

En alrededor de un mes, se cumplirá un año desde la aprobación de la Ley española 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. El aproximarse de ese momento invita a reflexionar sobre el recorrido normativo que ha experimentado este sector, especialmente tras la entrada en vigor de la reciente Orden PCM/825/2023 del 20 de julio de 2023. 

Pues bien, cuando se aprobó la Ley 28/2022 ya se había tomado conciencia de la necesidad de contar con un marco normativo ad hoc para las startups, debido a las características específicas de estas mercantiles que hacen difícil su encaje en las normas tradicionales. Sin embargo, a pesar de su indudable relevancia, la Ley adolece de ciertas lagunas que la Orden ha intentado suplir. 

Requisitos para ser una startup 

Se consideran startups las mercantiles que reúnen estas condiciones: 

  • Al momento de hacer la solicitud de la certificación, la empresa no puede tener más de 5 años de vida (7 en el caso de ser una empresa de biotecnología, energía, industriales u otros sectores estratégicos o que hayan desarrollado tecnología propia).
  • No haber nacido de una operación de fusión, escisión, transformación, concentración o segregación de empresas que no tienen la consideración de startup.
  • No distribuir y no haber distribuido dividendos.
  • No cotizar en bolsa.
  • Tener sede en España. 
  • Contar con un mínimo del 60% de la plantilla contratada en España. 
  • Cumplir con obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. 
  • La empresa (o los socios de la misma que sean titulares, directa o indirectamente, de al menos el 5% del capital social o los administradores) no puede haber sido condenada por sentencia firme por la comisión de ciertos tipos de delitos, como pueden ser la administración desleal, el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
  • No haber perdido la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y de contratar con la Administración. 
  • El negocio no debe generar daños al medio ambiente.
  • Tener un volumen de negocio anual inferior a 10 millones de euros.
  • Tener un negocio innovador y escalable.
  • Procedimiento para convertirse en startup 
  • Darse de alta en el portal ENISA;
  • Presentación de solicitud;
  • Acreditación del carácter innovador y escalable del negocio.
  1. Contar con una o varias pólizas de créditos suscritas con ENISA en los últimos tres años anteriores a la solicitud de la certificación de startups es una de las maneras previstas en la Orden. La ventaja de esta vía es que, simultáneamente, permite demostrar el carácter innovador y escalable. 
  2. La cuestión se complica en ausencia de póliza(s) con ENISA, puesto que la mercantil tendrá que justificar ser innovadora y escalable por separado. Esto es, deberá demostrar estar en posesión de ciertos criterios de innovación, por un lado, y de escalabilidad, por otro. 

Beneficios por ser startup

  1. Beneficios fiscales, que a su vez se dividen en tres grupos, existiendo: 
  • Beneficios para los emprendedores, resumibles en una menor carga impositiva del Impuesto sobre Sociedades y en ciertas ventajas a la hora de realizar el pago. 
  • Beneficios para los trabajadores respecto a la retribución en especie, mediante la entrega de acciones/participaciones, sujeta al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 
  • Beneficios para los inversores, siempre en materia de Impuesto sobre Renta de Personas Físicas, a nivel de deducciones. 
  1. Beneficios de carácter administrativo, que se traducen en una agilización de varios trámites burocráticos. 
  2. Beneficios de tipo mercantil, esto es: 
  • Posibilidad de autocartera de hasta el 20%.
  • Reducción del plazo para inscribir el acto de constitución (y cualquier otro acto), que pasa a ser de 5 días.
  • La desaparición de las pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social como causa de disolución de una startup. 

Conclusiones 

Convertirse en una empresa emergente conlleva una serie de ventajas. De allí la importancia de entender el procedimiento para obtener la certificación startup. 

Se comentaba anteriormente que la Orden PCM/825/2023 ha intentado suplir las lagunas arrastradas por la Ley 28/2022, listando los pasos necesarios para conseguir la certificación. Sin embargo, no puede negarse que se mantiene una cierta incertidumbre sobre el procedimiento. 

En ese sentido, el Bufete Legal Giambrone & Partners cuenta con profesionales especializados que pueden brindar asesoramiento durante todo el procedimiento de obtención de la certificación de empresa emergente.

Ab.do Sara Galetti

Associate