En el mundo empresarial actual, los riesgos ya no son sólo financieros: la responsabilidad penal de las empresas es una realidad ineludible.
De la impunidad estructural a la autorresponsabilidad corporativa
Desde 2010, el Código Penal español permite imputar a personas jurídicas por delitos cometidos en su beneficio, incluso cuando estos han sido ejecutados por empleados o directivos.
Este cambio ha transformado el panorama legal: las organizaciones ya no pueden mirar hacia otro lado. Prevenir, detectar y actuar ante conductas irregulares no es solo recomendable, sino esencial para evitar sanciones penales.
Hoy en día, tanto la empresa como sus responsables pueden ser penalmente responsables. Por eso, implantar un sistema de compliance eficaz no solo protege legalmente, sino que también fortalece la reputación y la confianza del negocio. ¿Está tu empresa preparada para afrontar su responsabilidad penal?
Fundamentos de la responsabilidad penal de las empresas
La atribución de responsabilidad penal a las personas jurídicas responde a razones concretas dentro de la política criminal:
1. Irresponsabilidad organizada
La complejidad estructural interna de muchas empresas dificulta identificar a los responsables directos. Por ello, se exige la implantación de mecanismos de control y detección internos.
2. Contexto corporativo criminógeno
Una cultura empresarial permisiva con conductas ilícitas favorece su repetición. La imputación penal pretende cambiar esa cultura desde la raíz.
3. Mayor capacidad lesiva
Los delitos cometidos desde el ámbito empresarial pueden tener consecuencias mucho más graves que los cometidos por individuos.
4. Ineficacia del Derecho Administrativo sancionador
Las sanciones administrativas no siempre disuaden a las empresas. La sanción penal, por su gravedad e impacto reputacional, actúa como un deterrente más eficaz.
¿Cuándo puede una empresa ser penalmente responsable?
La responsabilidad penal no se aplica automáticamente a cualquier delito. Para que una persona jurídica sea imputada, deben cumplirse ciertas condiciones:
- El delito debe estar incluido en el catálogo cerrado del Código Penal (blanqueo de capitales, fraude, corrupción, delitos fiscales o medioambientales, etc.)
- Debe haber sido cometido por directivos, representantes legales o empleados bajo su supervisión.
- Tiene que existir una conexión directa con la actividad empresarial y un beneficio económico, directo o indirecto.
- Deben haberse producido fallos en los controles internos.
La buena noticia: contar con un sistema de gobierno corporativo sólido y un modelo de cumplimiento preventivo puede ser una garantía para evitar o mitigar la responsabilidad.
El compliance como escudo legal: la eximente penal
Desde la reforma del Código Penal en 2015, las empresas pueden quedar exentas de responsabilidad penal si demuestran que contaban con un sistema eficaz de prevención antes del delito.
El programa de compliance debe:
- Ser real y operativo, no meramente formal.
- Incluir medidas de vigilancia y control efectivas.
- Ser supervisado por una figura independiente: un compliance officer con autonomía funcional.
La ley distingue dos escenarios:
- Delito cometido por directivo o representante:
La empresa será exonerada si demuestra que el sistema fue eficaz, el delito fue cometido eludiendo los controles y no hubo negligencia en la supervisión. - Delito cometido por subordinado o empleado:
Basta con probar que el modelo de prevención estaba implantado y era funcional.
¿Qué atenuantes contempla la ley?
Cuando no se cumplen todos los requisitos para la exención total, aún es posible reducir la sanción penal gracias a circunstancias atenuantes:
- Implementación posterior del compliance antes del juicio oral.
- Reparación o mitigación del daño causado.
- Confesión voluntaria antes del inicio del procedimiento.
- Colaboración con la justicia, aportando pruebas relevantes.
Estas acciones reactivas reflejan el compromiso de la empresa con la legalidad y el cumplimiento normativo.
Cumplimiento legal como ventaja competitiva
La responsabilidad penal de las personas jurídicas ya no es una amenaza teórica, sino una realidad jurídica que puede afectar gravemente la reputación y sostenibilidad de una empresa.
Por eso, es esencial que desde la constitución de la sociedad se tomen decisiones estratégicas como:
- Nombrar a un administrador con perfil ético y capacidad de liderazgo legal.
- Implantar desde el inicio un modelo de cumplimiento normativo eficaz.
- Prevenir conductas irregulares y establecer una cultura de integridad corporativa.
Contar con asesoramiento jurídico especializado en compliance penal no solo reduce el riesgo legal, sino que refuerza la imagen de compromiso con la legalidad ante socios, inversores y clientes.
En Giambrone & Partners ayudamos a empresas a protegerse frente a riesgos penales y reputacionales mediante la implantación de programas de compliance eficaces. La prevención penal es hoy una obligación empresarial y una palanca estratégica de competitividad.
Martina Cavattoni // Paola Vitali