Nacionalidad portuguesa: los partidos impugnan el actual proceso de atribución por filiación

La ley portuguesa nº 37/81 del 03 de octubre estipula en su artículo decimocuarto lo siguiente: "Efectos del establecimiento de la filiación - Sólo la filiación establecida durante la minoría de edad produce efectos respecto a la nacionalidad".

La filiación, su establecimiento, efectos y procedimientos, está regulada por el Código Civil y otros diplomas legales inherentes y puede definirse como el reconocimiento a efectos legales de alguien como su hijo.

Según esta norma, que varios partidos elegidos en la Asamblea de la República pretenden ahora cambiar y/o revocar, indica que los hijos y descendientes de ciudadanos portugueses sólo tienen derecho a la nacionalidad portuguesa -y por tanto al pasaporte portugués- si la filiación tuvo lugar durante el periodo de minoría de edad reconocido por la ley (hasta los 18 años). 

Así, un descendiente que no haya sido reconocido como ciudadano portugués durante este período no tiene los mismos medios para obtener la nacionalidad, y sólo puede utilizar la vía de la naturalización (que presupone la residencia en territorio portugués, el conocimiento suficiente de la lengua portuguesa y la ausencia de condena por determinados delitos que representen una amenaza para la seguridad nacional) o la vía originaria, es decir, ser hijo de un ciudadano portugués nacido en territorio nacional o de un ciudadano portugués nacido en el extranjero por declaración.

Esto, según las fuerzas políticas, constituye una situación de injusticia, que no salvaguarda el posible fraude de ley y que vulnera el principio de igualdad consagrado en la Constitución.

Una modificación o incluso la eliminación del artículo en cuestión puede garantizar una desburocratización de un sistema que ya es lento de por sí y, principalmente, una vía más rápida para los descendientes de portugueses que deseen, al igual que sus ascendientes, adquirir la nacionalidad portuguesa, sin descuidar los vínculos que estas comunidades portuguesas en el extranjero tienen con Portugal, independientemente de que este vínculo sea, a la luz de la ley, válido en sus primeros 18 años de vida.

João Pedro Vale

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